jueves, 17 de octubre de 2013

Carta dirigida al responsable de DDHH del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).

OCTUBRE 2013
Cárcel  “San Isidro” Popayán,  Cauca.

Señor:

RAFAEL ZUÑIGA
DDHH del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).

Señores Gobernadores y jurídicos de las diferentes zonas del Cauca.

Reciban nuestro fraternal saludo de todos nuestros indígenas recluidos en este establecimiento penitenciario y carcelario de alta y mediana seguridad “San Isidro” Popayán unos condenados por justicia indígena y otros  condenados por justicia del Estado.

Queremos expresar mediante este documento una denuncia Publica por la vulneración a  nuestros derechos  fundamentales como indígenas  por la pérdida a nuestra  identidad cultural, nuestros usos y costumbres que algunos líderes y dirigentes nuestros vienen haciendo  con nosotros, por el desconocimiento  total de nuestra legislación indígena ley 89 de 1890. Argumentando  y amparándose en el artículo 246 de la Constitución Política de Colombia, justificando el envió de comuneros  indígenas a la cárcel  del Estado apoyándose en la famosa coordinación  con el sistema judicial en este caso  el INPEC sin tener en cuenta que  la  coordinación  de la que reza el Artículo 246 es para coordinar que  nuestros miembros  no sean juzgados por instituciones  extrañas  a nuestros usos y costumbres  en este caso los juzgados y las fiscalías es lo que se denomina conflicto de competencia.

Pero es aquí donde nuestros líderes indígenas están errados  ya que la coordinación  que reza el Artículo 246, es para  dar cumplimiento a la ley 89 de 1890 legislación indígena donde  dice: “La discusión  actual es la de evitar  que lleven a las cárceles donde van todos los delincuentes a los indígenas  que se juzgan, sea por justicia propia a la justicia nacional, pues para nosotros allí a demás de aprender  vicios pierden la identidad cultural¨ (tomado de la cartilla indígena.)

Pero que ahora recuren nuestros líderes indígenas al enviarnos a una cárcel  del estado; desconociendo todo  el proceso  de lucha que libraron  nuestros mayores  en el pasado  bajo el pretexto de que es una medida excepcional con este actuar y sin saber,  perdiendo la autonomía  que nos caracteriza  como pueblos indígenas  por eso valga la pena traer a colación  la sentencia T- 254 de 1994 proferida por la Corte Constitucional “a mayor conservación  de sus usos y costumbres mayor autonomía”.

La realidad  Colombiana  muestra  que las numerosas  comunidades  indígenas  existentes  en el territorio nacional  han sufrido  una mayor o menor  destrucción de su cultura  por efecto al sometimiento al estado, debilitándose  la capacidad de coerción Social de las autoridades de algunos pueblos  indígenas  sobre sus miembros.

En este caso como cuando le seguimos el juego al estado  recurriendo a ellos como al INPEC, la cárcel y cuando también les permitimos  a los juzgados  y fiscalía  dejar condenar a nuestros comuneros  indígenas.

Recordemos que a lo largo  y ancho de nuestra geografía  habitamos 82 pueblos indígenas, son estos hombres, mujeres y niños, los herederos directos de la cultura ancestral. En nosotros reposa la salvaguarda de una gran parte  del patrimonio cultural  cada uno de nosotros  y estos pueblos  es, en sí mismo  un entramado invaluable de costumbres tradiciones y saberes.

En el año de 1991 se ratificó el convenio 169 de la OIT,  así mismo , las constituyentes de 1991, incorporaron  a la carta política principios constitucionales tales como  el Pluralismo (art 1), el respeto y garantía  a la diversidad étnica y cultural (art 7), entre otros, que sirven de fundamento normativo para que estos derechos se materialicen, bajo la tutela  de la OIT el convenio 169 comprende todo un conjunto  de medidas de protección a nosotros como indígenas, ver artículo 8, 9 y 10  donde el articulo 10 numeral 2 reza: “ deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento, pero todo esto no los violentan nuestros dirigentes indígenas, los juzgados de la Republica, como dijimos por tener pleno conocimiento  de la ley 89 de 1890   de la constitución Nacional artículos 1, 7, 246,   del convenio 169 de la OIT, desarrollando un plan de aniquilamiento  y exterminio con nosotros los indígenas y de nuestros familiares porque en la  realidad ellos son los que sufren esta odisea, comportándose nuestros líderes indígenas  lo mismo o peor  que los colonizadores de 1492 , por desconocer nuestra legislación  indígena y aquel principio que es  obligatorio  para todo  aquel que  vaya  hacer  líder  de un resguardo.

“Continuando nuestra política de hacer conocer las leyes sobre indígena y exigir su justa aplicación (legislación indígena).

Pero que ahora algunos líderes indígenas en su gran mayoría jóvenes del siglo XXI  y con mentalidad occidentalista lo borra y lo pisotea todo,  rompiendo la pauta  de comportamiento cultural, la unidad familiar,  los vínculos comunitarios, que en ultimas dejaran hondas  y graves consecuencias que difícilmente podremos curar,  que de continuar así   es grande la amenaza a que nos estamos   enfrentando y con ello la perdida  a la autonomía,  por esa mentalidad occidentalista de algunos dirigentes.

Todo esto originado  por ese factor que tanto  daño nos está causando y dividiendo,   en muchos casos  a algunas  comunidades, el factor dinero  corrompiendo  algunas dirigentes  indígenas, dejándose llevar por todo tipo de estrategia  de las instituciones del estado y en algunos casos  haciendo alianzas macabras con quienes nos han hecho tanto daño  como los organismos del estado , ejército y policía que han permeado  algunos dirigentes  para luego hacer  parte de la red de cooperantes del estado.

Para muestra concreta  el  más reciente  caso de los indígenas Sivilino Ul  y Mayorga Jhon, quienes fueron condenados por medio de montajes auspiciado por los organismos de inteligencia  del Estado  violentados  el debido proceso  y la defensa y que sin saber la comunidad se prestó  para tal injusticia.

Preguntamos señores gobernadores ¿Esto será seguir  con la política indígena que trazaron y desearon nuestros mayores?.

Cabe resaltar también en este documento  las exageradas condenas a que son sometidos  algunos comuneros , delitos como el hurto  que tienen pena de 15 años  y que en ocasiones ni son comprobados  solo sospechas.

Ojo señores  gobernadores  que si estas personas instauran una demanda administrativa  no alcanzaría la plata  de transferencias para indemnizar  a los afectados  y tengan en cuenta que el minuto   en la cárcel equivale a 2500 pesos día  y noche.

Desde que nuestras autoridades indígenas nos internaron  en esta cárcel  y los juzgados del estado, hemos sido incansables en manifestar  el gran daño  que nos está causando  la cárcel, pero algunos gobernadores  han guardado silencio , por lo tanto los juzgados  argumentan “No es posible entregarlo a la autoridad indígena para lo que lo investigue , ni entregárselo  al lugar de origen  ya que los delitos son de aquellos  ordinarios  que solo le competen  a la ley del estado.

No obstante a pesar  de este encierro  hemos ,  reclamando  nuestros derechos  que son incólumes, como la salud, el trato a una vida digna, el debido proceso, el derecho de petición, la tutela  a diferentes organismos del estado pero en respuesta a ellos hemos  recibido retaliaciones y represión  por parte de algunos gobernadores ya que lo toman como venganzas personales, sin tener en cuenta que es un deber constitucional, cuando reclamamos los compromisos que adquieren los gobernadores  en un acta de recepción, comprometiéndose a mandarnos útiles de aseo ropa y calzado visitas periódicas    de los gobernadores y traernos a nuestras familia  peo que cuando les exigimos nos  dicen que no tienen recursos económicos atentando con la unidad familiar especialmente  a las mujeres ya que son  sometidas  a castigos amenazantes por parte del INPEC.

Señores gobernadores  el modelo  carcelario  colombiano  atenta contra la  unidad familiar  y el contacto entre el preso  su familia  y amigos, en abierta contradicción con la mencionada “función”  de la pena, busca que los reclusos se resocialicen, cuando el preso sale de la cárcel necesita y depende de los  lazos afectivos  de amigos  y familia pero para  mantener esos lazos vivos hace falta contacto.

Pero estas visitas  sean convertido  en un verdadero problema  especialmente para las mujeres aun en el caso  de que consiga los recursos  para viajar  no hay garantías de que se ingrese a la visita y si lo hace  se expone a ser  víctima de agresiones que van desde tener que afrontar las inclemencias del clima, hasta tocamientos indebidos, amenazas y malos tratos a los que debe someterse para que se les permita el ingreso  además de que  la guardia puede  usar cualquier excusa para rehusar la visita.

No sin antes advertirlas  por el cuerpo de custodia que si portan  en su vestido algún elemento que pueda generar que la máquina  de escáner  se active  mejor  que se devuelvan advertencia que valga la pena decir no se hace en los mejores  términos, sino más bien en términos amenazantes con el claro propósito  que se generan relaciones de temor  entre la guardia  y los visitantes.

A pesar de que esta cárcel cuenta con la tecnología y uso de perros entrenados para revisar zapatos, sacos, papeles, ropa e incluso el cuerpo de as mujeres, es común que estas sigan siendo sometidas a tratos y penas crueles, inhumanas  y degradantes, como cuando son obligados a retirarse  el brasier o sostén y pasarla por la maquina detectora para poder ingresar  sin que la  maquina pite. El pantalón es una de las prendas que más problemas genera para el ingreso  a la visita los jeans en ocasiones pasan sin ningún problema y en otros pitan en todo momento viéndose las mujeres presionadas por el cuerpo de guardia que bajo manifestaciones  tales como “yo no le digo que la rompa pero con esos botones no entra” logran que las prendas sean destruidas en parte ya que deben quitar botones, taches u otros elementos de metal que suelen tener los jeans, una visitante puede ser regresada varias veces  el mismo día,  para  finalmente ingresar sin brasier  con el pantalón  roto y hasta descalza.

Todo esto atenta contra la identidad cultural, usos y costumbres  como indígenas a familiares que nada tienen que  ver con nuestros  delitos  y que  la peor consecuencia la sufren los niños,  cuando el dinero que  es para  la compra de alimentación tienen que invertirlo para poder visitar a la familia.

Ojo señores gobernadores están atentando contra  el derecho del niño  que de seguir nuestra estadía en esta cárcel, tendrán que hacerse  cargo  con la alimentación, la salud, el vestuario  y el calzado de los niños.

Da tristeza y rabia  de ver como algunos indígenas tienen que vender su propia comida y  bien poquita que si es para poder comprar los útiles de aseo  y para poder llamar a sus familiares, es que ni los colonizadores torturaron a los indios haciéndoles aguantar hambre.

Son tantos los atropellos  a que estamos sometidos  tanto por parte  de ustedes y el INPEC, en la salud, la alimentación, en el trato  ya que nos discriminan  por el hecho de ser indios, y esto ha generado tortura psicológica nuevamente preguntamos ¿si saben que significa AUTONOMIA?  Cuando nos están mandando a una cárcel  del estado y permitiendo  que los juzgados, fiscalías  judicialicen a nuestros indios por la ley  del estado.

En vista a todo este atropello, hemos decidido adelantar una huelga de hambre que podría conducir a un posible suicidio colectivo, siguiendo el ejemplo de nuestros antepasados en el año 1492  que prefirieron morirse antes que someterse a los españoles y  con ello dejar precedente  en  la historia  del gran daño  que nos han causado ustedes en varias oportunidades hemos hecho conocer esta problemática.

1 Documento  al congreso  de Coconuco en el mes de junio.

2. Documento  enviado  en el mes de julio  a los organismos internacionales  y organismos del estado y ONGS  por la invitación y avocamiento a esta jornada de lucha colectiva  por la vulneración a nuestra identidad cultural   y la perdida de los usos y costumbres al enviarnos a esta cárcel. Hacemos un llamado urgente para que no permitan que algunos líderes y dirigentes acaben con la poca autonomía que nos queda pues de seguir así en unos cuantos años solo seremos historia de haber sido indígenas. De igual manera como indígenas planteamos a nuestros líderes y dirigentes de los cabildos se tenga en cuenta algunas propuestas para encarrilar nuestra autonomía.

1.  Buscar mecanismos que fortalezcan la autonomía, reclamando a nuestros indígenas al lugar de origen tanto los condenados por justicia propia y justicia del estado.
2.  Elaborar resolución de obligatorio cumplimiento para un líder que aspire ser gobernador de un resguardo para que tenga pleno conocimiento sobre legislación indígena ley 89 de 1890, el convenio 169 de la OIT, para que no cometan los errores del pasado, y también para frenar la corrupción de dineros y los rocas de caciquismo.
3.  Evaluar el regreso de comuneros indígenas a los lugares de origen de quienes hayan sido condenados por pruebas falsas u sospechas.
4. Analizar la posibilidad de convocar a nivel nacional a todo los pueblos indígenas para elaborar un código penal de armonización en donde se establezcan penas que obedezcan a un  consenso general de los pueblos indígenas que contemple internación a una cárcel pero cuando el castigado haya incumplido o evadido la sanción  en donde se contemple como remedio pero de manera excepcional la internación en una cárcel.
5. Constitución de una comisión ad-hoc o neutral de indígenas que no pertenezcan a las directivas del Cric, para que REVISEN la situación de los afectados. Solicitamos que esta comisión sea coordinada por LA ONIC.
6.   Recordamos que en esta difícil situación que atravesamos los internos de este establecimiento, también se proyecta a nuestro núcleo familiar siendo nuestras MUJERES indígenas quienes deben soportar sobres sus hombros esta dura tragedia, además porque en ellas recae injustamente la responsabilidad de nuestras familias.

No siendo más por el momento se firma en la cárcel San Isidro Popayán cauca por los comuneros indígenas de diferentes resguardos recluidos en calidad de guardados y condenados por justicia del estado

Atentamente


Anexamos firmas



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