OCTUBRE 2013
Cárcel
“San Isidro” Popayán, Cauca.
Señor:
RAFAEL ZUÑIGA
DDHH del Consejo
Regional Indígena del Cauca (CRIC).
Señores
Gobernadores y jurídicos de las diferentes zonas del Cauca.
Reciban nuestro fraternal saludo de todos
nuestros indígenas recluidos en este establecimiento penitenciario y carcelario
de alta y mediana seguridad “San Isidro” Popayán unos condenados por justicia
indígena y otros condenados por justicia
del Estado.
Queremos expresar mediante este documento una
denuncia Publica por la vulneración a
nuestros derechos fundamentales
como indígenas por la pérdida a nuestra identidad cultural, nuestros usos y
costumbres que algunos líderes y dirigentes nuestros vienen haciendo con nosotros, por el desconocimiento total de nuestra legislación indígena ley 89
de 1890. Argumentando y amparándose en
el artículo 246 de la Constitución Política de Colombia, justificando el envió
de comuneros indígenas a la cárcel del Estado apoyándose en la famosa
coordinación con el sistema judicial en
este caso el INPEC sin tener en cuenta
que la
coordinación de la que reza el Artículo
246 es para coordinar que nuestros
miembros no sean juzgados por
instituciones extrañas a nuestros usos y costumbres en este caso los juzgados y las fiscalías es
lo que se denomina conflicto de competencia.
Pero es aquí donde nuestros líderes indígenas
están errados ya que la
coordinación que reza el Artículo 246,
es para dar cumplimiento a la ley 89 de
1890 legislación indígena donde dice: “La
discusión actual es la de evitar que lleven a las cárceles donde van todos los
delincuentes a los indígenas que se
juzgan, sea por justicia propia a la justicia nacional, pues para nosotros allí
a demás de aprender vicios pierden la
identidad cultural¨ (tomado de la
cartilla indígena.)
Pero que ahora recuren nuestros líderes
indígenas al enviarnos a una cárcel del
estado; desconociendo todo el
proceso de lucha que libraron nuestros mayores en el pasado
bajo el pretexto de que es una medida excepcional con este actuar y sin
saber, perdiendo la autonomía que nos caracteriza como pueblos indígenas por eso valga la pena traer a colación la sentencia T- 254 de 1994 proferida por la
Corte Constitucional “a mayor conservación
de sus usos y costumbres mayor autonomía”.
La realidad Colombiana
muestra que las numerosas comunidades
indígenas existentes en el territorio nacional han sufrido
una mayor o menor destrucción de
su cultura por efecto al sometimiento al
estado, debilitándose la capacidad de
coerción Social de las autoridades de algunos pueblos indígenas
sobre sus miembros.
En este caso como cuando le seguimos el juego
al estado recurriendo a ellos como al
INPEC, la cárcel y cuando también les permitimos a los juzgados y fiscalía
dejar condenar a nuestros comuneros
indígenas.
Recordemos que a lo
largo y ancho de nuestra geografía habitamos 82 pueblos indígenas, son estos
hombres, mujeres y niños, los herederos directos de la cultura ancestral. En
nosotros reposa la salvaguarda de una gran parte del patrimonio cultural cada uno de nosotros y estos pueblos es, en sí mismo un entramado invaluable de costumbres
tradiciones y saberes.
En el año de 1991 se ratificó el convenio 169
de la OIT, así mismo , las
constituyentes de 1991, incorporaron a
la carta política principios constitucionales tales como el Pluralismo (art 1), el respeto y
garantía a la diversidad étnica y
cultural (art 7), entre otros, que sirven de fundamento normativo para que
estos derechos se materialicen, bajo la tutela
de la OIT el convenio 169 comprende todo un conjunto de medidas de protección a nosotros como
indígenas, ver artículo 8, 9 y 10 donde
el articulo 10 numeral 2 reza: “ deberá darse la preferencia a tipos de sanción
distintos del encarcelamiento, pero todo esto no los violentan nuestros
dirigentes indígenas, los juzgados de la Republica, como dijimos por tener
pleno conocimiento de la ley 89 de
1890 de la constitución Nacional artículos
1, 7, 246, del convenio 169 de la OIT,
desarrollando un plan de aniquilamiento
y exterminio con nosotros los indígenas y de nuestros familiares porque
en la realidad ellos son los que sufren
esta odisea, comportándose nuestros líderes indígenas lo mismo o peor que los colonizadores de 1492 , por
desconocer nuestra legislación indígena
y aquel principio que es obligatorio para todo
aquel que vaya hacer
líder de un resguardo.
“Continuando
nuestra política de hacer conocer las leyes sobre indígena y exigir su justa
aplicación (legislación indígena).
Pero que ahora
algunos líderes indígenas en su gran mayoría jóvenes del siglo XXI y con mentalidad occidentalista lo borra y lo
pisotea todo, rompiendo la pauta de comportamiento cultural, la unidad
familiar, los vínculos comunitarios, que
en ultimas dejaran hondas y graves
consecuencias que difícilmente podremos curar,
que de continuar así es grande
la amenaza a que nos estamos enfrentando y con ello la perdida a la autonomía, por esa mentalidad occidentalista de algunos
dirigentes.
Todo esto
originado por ese factor que tanto daño nos está causando y dividiendo, en
muchos casos a algunas comunidades, el factor dinero corrompiendo
algunas dirigentes indígenas,
dejándose llevar por todo tipo de estrategia
de las instituciones del estado y en algunos casos haciendo alianzas macabras con quienes nos
han hecho tanto daño como los organismos
del estado , ejército y policía que han permeado algunos dirigentes para luego hacer parte de la red de cooperantes del estado.
Para muestra concreta el más
reciente caso de los indígenas Sivilino
Ul y Mayorga Jhon, quienes fueron
condenados por medio de montajes auspiciado por los organismos de
inteligencia del Estado violentados
el debido proceso y la defensa y
que sin saber la comunidad se prestó
para tal injusticia.
Preguntamos señores
gobernadores ¿Esto será seguir con la
política indígena que trazaron y desearon nuestros mayores?.
Cabe resaltar también en este documento las exageradas condenas a que son
sometidos algunos comuneros , delitos
como el hurto que tienen pena de 15
años y que en ocasiones ni son
comprobados solo sospechas.
Ojo señores
gobernadores que si estas
personas instauran una demanda administrativa
no alcanzaría la plata de
transferencias para indemnizar a los
afectados y tengan en cuenta que el
minuto en la cárcel equivale a 2500
pesos día y noche.
Desde que nuestras autoridades indígenas nos
internaron en esta cárcel y los juzgados del estado, hemos sido
incansables en manifestar el gran daño que nos está causando la cárcel, pero algunos gobernadores han guardado silencio , por lo tanto los
juzgados argumentan “No es posible
entregarlo a la autoridad indígena para lo que lo investigue , ni
entregárselo al lugar de origen ya que los delitos son de aquellos ordinarios
que solo le competen a la ley del
estado.
No obstante a pesar de este encierro hemos ,
reclamando nuestros derechos que son incólumes, como la salud, el trato a
una vida digna, el debido proceso, el derecho de petición, la tutela a diferentes organismos del estado pero en
respuesta a ellos hemos recibido
retaliaciones y represión por parte de
algunos gobernadores ya que lo toman como venganzas personales, sin tener en
cuenta que es un deber constitucional, cuando reclamamos los compromisos que
adquieren los gobernadores en un acta de
recepción, comprometiéndose a mandarnos útiles de aseo ropa y calzado visitas
periódicas de los
gobernadores y traernos a nuestras familia
peo que cuando les exigimos nos
dicen que no tienen recursos económicos atentando con la unidad familiar
especialmente a las mujeres ya que
son sometidas a castigos amenazantes por parte del INPEC.
Señores gobernadores el modelo
carcelario colombiano atenta contra la unidad familiar y el contacto entre el preso su familia
y amigos, en abierta contradicción con la mencionada “función” de la pena, busca que los reclusos se
resocialicen, cuando el preso sale de la cárcel necesita y depende de los lazos afectivos de amigos
y familia pero para mantener esos
lazos vivos hace falta contacto.
Pero estas visitas sean convertido en un verdadero problema especialmente para las mujeres aun en el
caso de que consiga los recursos para viajar
no hay garantías de que se ingrese a la visita y si lo hace se expone a ser víctima de agresiones que van desde tener que
afrontar las inclemencias del clima, hasta tocamientos indebidos, amenazas y
malos tratos a los que debe someterse para que se les permita el ingreso además de que
la guardia puede usar cualquier
excusa para rehusar la visita.
No sin antes advertirlas por el cuerpo de custodia que si portan en su vestido algún elemento que pueda
generar que la máquina de escáner se active
mejor que se devuelvan
advertencia que valga la pena decir no se hace en los mejores términos, sino más bien en términos
amenazantes con el claro propósito que
se generan relaciones de temor entre la
guardia y los visitantes.
A pesar de que esta
cárcel cuenta con la tecnología y uso de perros entrenados para revisar
zapatos, sacos, papeles, ropa e incluso el cuerpo de as mujeres, es común que
estas sigan siendo sometidas a tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes, como cuando son obligados a
retirarse el brasier o sostén y pasarla
por la maquina detectora para poder ingresar
sin que la maquina pite. El
pantalón es una de las prendas que más problemas genera para el ingreso a la visita los jeans en ocasiones pasan sin
ningún problema y en otros pitan en todo momento viéndose las mujeres
presionadas por el cuerpo de guardia que bajo manifestaciones tales como “yo no le digo que la rompa pero
con esos botones no entra” logran que las prendas sean destruidas en parte ya
que deben quitar botones, taches u otros elementos de metal que suelen tener
los jeans, una visitante puede ser regresada varias veces el mismo día,
para finalmente ingresar sin
brasier con el pantalón roto y hasta descalza.
Todo esto atenta contra la identidad cultural,
usos y costumbres como indígenas a
familiares que nada tienen que ver con
nuestros delitos y que
la peor consecuencia la sufren los niños, cuando el dinero que es para
la compra de alimentación tienen que invertirlo para poder visitar a la
familia.
Ojo señores
gobernadores están atentando contra el
derecho del niño que de seguir nuestra
estadía en esta cárcel, tendrán que hacerse
cargo con la alimentación, la
salud, el vestuario y el calzado de los
niños.
Da tristeza y rabia de ver como algunos indígenas tienen que
vender su propia comida y bien poquita
que si es para poder comprar los útiles de aseo
y para poder llamar a sus familiares, es que ni los colonizadores
torturaron a los indios haciéndoles aguantar hambre.
Son tantos los
atropellos a que estamos sometidos tanto por parte de ustedes y el INPEC, en la salud, la
alimentación, en el trato ya que nos
discriminan por el hecho de ser indios,
y esto ha generado tortura psicológica nuevamente preguntamos ¿si saben que
significa AUTONOMIA? Cuando nos están
mandando a una cárcel del estado y
permitiendo que los juzgados,
fiscalías judicialicen a nuestros indios
por la ley del estado.
En vista a todo este atropello, hemos decidido
adelantar una huelga de hambre que podría conducir a un posible suicidio
colectivo, siguiendo el ejemplo de nuestros antepasados en el año 1492 que prefirieron morirse antes que someterse a
los españoles y con ello dejar
precedente en la historia
del gran daño que nos han causado
ustedes en varias oportunidades hemos hecho conocer esta problemática.
1 Documento al congreso
de Coconuco en el mes de junio.
2. Documento enviado
en el mes de julio a los
organismos internacionales y organismos
del estado y ONGS por la invitación y
avocamiento a esta jornada de lucha colectiva
por la vulneración a nuestra identidad cultural y la perdida de los usos y costumbres al
enviarnos a esta cárcel. Hacemos un llamado urgente para que no permitan que
algunos líderes y dirigentes acaben con la poca autonomía que nos queda pues de
seguir así en unos cuantos años solo seremos historia de haber sido indígenas.
De igual manera como indígenas planteamos a nuestros líderes y dirigentes de
los cabildos se tenga en cuenta algunas propuestas para encarrilar nuestra
autonomía.
1. Buscar
mecanismos que fortalezcan la autonomía, reclamando a nuestros indígenas al
lugar de origen tanto los condenados por justicia propia y justicia del estado.
2. Elaborar
resolución de obligatorio cumplimiento para un líder que aspire ser gobernador
de un resguardo para que tenga pleno conocimiento sobre legislación indígena
ley 89 de 1890, el convenio 169 de la OIT, para que no cometan los errores del
pasado, y también para frenar la corrupción de dineros y los rocas de
caciquismo.
3. Evaluar
el regreso de comuneros indígenas a los lugares de origen de quienes hayan sido
condenados por pruebas falsas u sospechas.
4. Analizar
la posibilidad de convocar a nivel nacional a todo los pueblos indígenas para
elaborar un código penal de armonización en donde se establezcan penas que
obedezcan a un consenso general de los
pueblos indígenas que contemple internación a una cárcel pero cuando el castigado
haya incumplido o evadido la sanción en
donde se contemple como remedio pero de manera excepcional la internación en
una cárcel.
5. Constitución
de una comisión ad-hoc o neutral de indígenas que no pertenezcan a las
directivas del Cric, para que REVISEN la situación de los afectados.
Solicitamos que esta comisión sea coordinada por LA ONIC.
6. Recordamos
que en esta difícil situación que atravesamos los internos de este
establecimiento, también se proyecta a nuestro núcleo familiar siendo nuestras
MUJERES indígenas quienes deben soportar sobres sus hombros esta dura tragedia,
además porque en ellas recae injustamente la responsabilidad de nuestras
familias.
No siendo más
por el momento se firma en la cárcel San Isidro Popayán cauca por los comuneros
indígenas de diferentes resguardos recluidos en calidad de guardados y
condenados por justicia del estado
Atentamente
Anexamos firmas
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